Micelio
Auto12 de julio de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Alvarez Almenarez Silvio·Demandado Bustillos Pallares Antonio

Tema · dato duro
Controversia Sobre Pretensiones De Pago De Honorarios Profesionales.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Controversias sobre pretensiones de pago de honorarios profesionales
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 2º Administrativo Oral de Valledupar, Cesar y el Juzgado 4º Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los Despacho se originó en relación con un incidente de regulación de honorarios promovido por un abogado, en condición de ex apoderado de un ciudadano, para el cumplimiento de lo acordado en contrato de prestación de servicios para adelantar un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho contra el municipio de La Paz, Cesar, para reconocimiento de pensión a favor del demandado.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte determinó que, la Jurisdicción Ordinaria Laboral es la competente para conocer de un incidente de regulación de honorarios de un profesional del derecho por cuanto en el caso estudiado, no se pudo constatar que el Juzgado Administrativo Oral de Valledupar, Cesar, hubiera proferido Auto que admitiera la revocación del poder y que dentro de los 30 días siguientes se haya iniciado el respectivo incidente, en virtud de lo dispuesto en los artículo 209.3 y 306 del CPACA y el inciso segundo del artículo 76 del CGP, por lo que la controversia se enmarca en los supuestos del numeral 6 del artículo 2 del CPTSS, para lo cual se tuvo como referencia las consideraciones hechas en Autos 930 de 2021 y 1648 de 2022.

En consecuencia, esta Corporación decide remitir el expediente al Juzgado 4 Laboral del Circuito de Valledupar para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 2 Administrativo Oral de Valledupar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 2 Administrativo Oral de Valledupar, Cesar y el Juzgado 4 Laboral del Circuito de la misma ciudad y DECLARAR que el Juzgado 4 Laboral del Circuito de Valledupar, es la autoridad competente para conocer el incidente de regulación de honorarios profesionales promovido por Silvio Álvarez Almenares.
  2. SEGUNDO. REMITIR por intermedio de la Secretaría General, el expediente CJU-3107 al Juzgado 4 Laboral del Circuito de Valledupar, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 2 Administrativo Oral de Valledupar.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.